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DONATIVOS

Gracias a su apoyo, las ideas y proyectos de nuestros investigadores pueden llevarse a cabo y ayudar directamente a nuestros pacientes.

 

apoyoCualquier persona mayor de edad puede contribuir directamente en el avance médico a través de aportaciones económicas. La Fundación de Investigación Biomédica del Hospital Universitario Puerta de Hierro, como entidad sin ánimo de lucro, acogida a la ley 49/2002 del régimen fiscal de entidades sin ánimo de lucro e incentivos fiscales al mecenazgo gestiona las donaciones económicas de particulares y entidades interesadas en apoyar las actividades de investigación del Servicio de Oncología del Centro Hospitalario.

 

Cómo efectuar su aportación: 

Puede realizar directamente su donación a través de una transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 0049-1976-32-2610000382 cuyo titular es la Fundación para la Investigación Biomédica del H. U. Puerta de Hierro Majadahonda, indicando en el concepto la palabra DONATIVO, junto a su número de identificación fiscal, y hacer llegar los siguientes datos a la Fundación (por email a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ):

 

  • Nombre ó razón social :
  • Apellidos:
  • NIF ó CIF:
  • Cantidad de la aportación €:
  • Periodicidad: una única aportación, mensual, trimestral, anual:
  • Dirección fiscal:
  • Número de teléfono:
  • Dirección email:
  • Grupo o línea de investigación: (En caso de que quiera que su donativo sea empleado en la investigación de  grupo concreto debe indicarlo aquí. Puede consultarlos haciendo click en este enlace)

 

Donaciones realizadas por particulares:
Deducción del 25% del importe de la donación en la cuota íntegra del IRPF. La deducción aplicada no podrá exceder el 10% de la base imponible del período del contribuyente.

 

Donaciones realizadas por organizaciones o empresas:
Deducción del 35% del importe de la donación en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades. La base de esta deducción no podrá exceder el 10% de la base imponible del período. Sin embargo, el exceso se podra aplicar en los periodos impositivos de los 10 años siguientes.

 

Donate using PayPal
Amount:
Nota:
H.U. PUERTA DE HIERRO MAJADAHONDA - Calle Manuel de Falla, 1 - 28222 Majadahonda - contacto@oncologiapuertadehierro.com
911916000



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